Secretaria

Alta de Hermanos:

A continuación se exponen una serie de documentos, que podría serle de utilidad:


- Solicitud de Alta de Hermanos:
  • Formato para Mayores de Edad.
  • Formato para Menores de Edad: Requiere la autorización del padre, madre o tutor.
El alta de hermanos puede realizarse a través del formato aplicable aquí expuesto y entregado en la casa de hermandad o enviado al correo electrónico: secretaria@cofradiadecolumna.org .

La cuota de Hermano, es de 3 € al trimestre.

- Actualización de datos del Censo de hermanos

El censo de hermanos, puede actualizarse a través del formato aquí expuesto y entregado en la casa de hermandad o enviado al correo electrónico: secretaria@cofradiadecolumna.org .
 

- Donativo del Nuevo Paso de Misterio de la Archicofradía de la Columna:

Si desea colaborar con un donativo puntual periódico, para el tallado de nuestro nuevo paso, rellene este formulario y entréguelo en la casa de hermandad o envíelo por correo electrónico a  secretaria@cofradiadecolumna.org .


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Derechos y deberes del Hermano:


Art. 25º.- Es obligación de todos los hermanos participar activamente en todos los actos y cultos, tanto internos como externos, que organice esta Archicofradía.

Art. 41º.- Podrá pertenecer a esta Archicofradía todo fiel católico, hombre y mujer, que no esté legítimamente impedido por el derecho y acepten a su ingreso el compromiso formal de mantenerse al menos en un nivel básico de práctica religiosa y de vida cristiana, así como manifiesten un acatamiento íntegro de estos Estatutos.
Art. 42º.- Los hermanos han de sentirse ante todo personas que han aceptado consciente y libremente la fe cristiana, que mediante el Bautismo han sido incorporados a Cristo y son miembros vivos de su Cuerpo que es la Santa Madre Iglesia, Pueblo de Dios, siendo partícipes de la función sacerdotal, profética y real de Cristo.
Art. 43º.- Podrán ingresar hermanos menores de 16 años, bajo responsabilidad paterna, pero no será hasta la mencionada edad cuando juren los Estatutos de la Archicofradía.
Art. 44º.- “Desde su ingreso, todo hermano (a) se compromete a asistir a  los actos sacramentales, cultos propios y a participar regular y activamente en la vida interna de la Archicofradía y de la Comunidad  Parroquial  y no sólo su  presencia se limitará a actos de índole externo, como procesiones o vía crucis públicos. El incumplimiento reiterado de este compromiso será motivo suficiente para que en el supuesto caso de que se presentase  a miembro de la Junta de Gobierno pueda rechazarse  su candidatura”.
Art. 45º.- La persona que cumpla las condiciones expresadas arriba y desee ingresar como hermano, deberá elevar solicitud al Hermano Mayor a través de la Secretaría de la Archicofradía. El Hermano Mayor las elevará a su vez a la Junta de Gobierno, que tiene la obligación y capacidad de resolverla,  comunicando posteriormente al candidato solicitante el acuerdo adoptado.
Art. 46º.- Desde la fecha de solicitud, el aspirante a hermano, tendrá que dar testimonio de vida cristiana y participar en la vida global de la Hermandad.
Art. 47º.- Aquellos hermanos mayores de 16 años,  que durante un año en curso han sido aceptados como miembros de la Archicofradía deberán prestar juramento de estos Estatutos delante de las sagradas imágenes ante el Secretario y el Director Espiritual en una fecha determinada por la Junta de Gobierno y conforme a la fórmula estipulada (véanse anexos).
Art. 48º.-  Resuelta favorablemente la solicitud de ingreso por la Junta de Gobierno y recibido el juramento de los estatutos, el nuevo hermano quedará integrado de pleno derecho, efectuando el Secretario el oportuno asiento en el libro de hermanos, donde deberá constar la fecha de ingreso. El nuevo hermano deberá dejar constancia por escrito de su compromiso de trabajar por la Archicofradía.
Art. 49º.- Todos los hermanos que integran la Archicofradía  tienen los mismos derechos y deberes .sin perjuicio de los previsto en el Artº  44 de estos estatutos.
Art. 50.-  1º.- Para poder expulsar a  un hermano de la Hermandad o Cofradía ha de existir justa causa, de acuerdo con la norma del derecho y los Estatutos, debiéndose seguir el procedimiento establecido en el canon 316/2º.
 2 º.- La pérdida de la condición de hermano se producirá además de por los motivos señalados en el canon 316/1º, por las causas que se establezcan en los estatutos.
3º.- La expulsión será aprobada por mayoría absoluta de la Junta de Gobierno, oído el Director Espiritual.
Art. 51º.- Se considera labor primordial de la Hermandad la formación evangélica de sus hermanos y especialmente de la Junta de Gobierno, mediante catequesis, cursillos, conferencias y otros medios adaptados para ese fin, con la supervisión del Director Espiritual de la Archicofradía y de acuerdo a las directrices pastorales de la diócesis.

Art. 53º.- El Cabildo General es la reunión de todos los hermanos que cumplan los requisitos señalados en estos Estatutos, constituidos en órgano deliberante y consultivo, en posesión de plena soberanía, pero con la debida sujeción a los Estatutos y a cuantas disposiciones emanen de la autoridad eclesiástica. Tienen derecho a voto todos los hermanos mayores de edad y que tengan al menos dos años de antigüedad.

Estatutos y Reglamento Interno:

A continuación se relacionan los artículos que pueden ser de interés para los miembros de nuestra hermandad:

Art. 1º.- Esta Archicofradía está erigida en la Parroquia de San Antonio de Padua como una asociación pública de la Iglesia mediante la cual los fieles que así lo deseen y en el uso de su libertad trabajarán unidos de acuerdo al Evangelio, buscando fomentar una vida más perfecta entre sus miembros a través de la escucha de la Palabra y la oración, ejerciendo la solidaridad y promoviendo el culto público a los Sagrados Misterios de la Pasión y Resurrección de Nuestro Señor Jesucristo, al Santísimo Sacramento y a María Santísima.

Art. 2º.- Se constituye, pues, en una comunidad de fe en esta Iglesia de Cádiz y Ceuta, que unida a su pastor y a los demás obispos de la Iglesia Universal, vive en comunión de fe y amor con el Santo Padre, haciendo de esta manera presente el misterio de la Iglesia en el mundo.

Art. 3º.- Esta Archicofradía está constituida en persona jurídica pública eclesiástica, perteneciente de los órganos diocesanos  y Locales de HH. Y CC.  y tiene la misión de ejercer los fines que se propone alcanzar en nombre de la Santa Madre Iglesia y que se le confía mirando siempre el bien público. Nunca podrá tener el carácter de asociación privada de fieles por ser la promoción del culto público su fin primordial.

Art. 4º.- La Archicofradía se rige por las normas del derecho universal de la Iglesia y por todas las que se promulguen legítimamente en adelante, así como por los propios estatutos y reglamentos de régimen interno.

Art. 5º.- El título está tomado de sus titulares y de su historia y se especificará en el Reglamento de Régimen Interno.

Art. 6º.- Para solicitar cualquier cambio de denominación de la Archicofradía, aceptar cualquier título, condecoración o distinción de carácter civil, así como para otorgar cualquier título de carácter honorífico, tendrá que requerir la previa autorización expresa del Delegado Episcopal de Hermandades y Cofradías a través del Director Espiritual, de acuerdo con las orientaciones del Concilio Vaticano II y del Sínodo Diocesano del año Jubilar 2000.

Art. 7º.- Es finalidad general y primordial la Gloria a Dios y el incremento del culto público a nuestro Divino Redentor y a su Santísima Madre en sus advocaciones respectivas de la Santísima Resurrección de Nuestro Señor Jesucristo, Nuestro Padre Jesús Atado a la Columna y Azotes y María Santísima de las Lágrimas; y a los santos San Pedro Apóstol y San Juan Evangelista, cuyas imágenes se veneran desde la fundación de esta Archicofradía.

Art. 8º.- Son también fines de esta Archicofradía el ejercicio de la caridad y la formación espiritual de sus hermanos y hermanas sin buscar otro objetivo más importante que el deber de mensajero de la Buena Noticia.

Art. 9º.- La espiritualidad que define a nuestra Archicofradía está centrada en Jesucristo, Sabiduría de Dios Padre, que se nos muestra como luz del mundo, y que tiene la máxima revelación en su Pasión Redentora y Resurrección. Todos los hermanos podrán encontrar en la Madre de Jesús, María Santísima de las Lágrimas, el mejor modelo de cómo asociarse a la obra salvadora de nuestro Redentor, para así gustar aquí en la Tierra de los bienes del cielo.

Art. 10º.- La Eucaristía ha de ser el centro y el culmen de todo el culto procurándose  una plena participación de todos los hermanos. Hacia ella deben estar orientados todos los actos de culto que se organicen.

Art. 11º- Los hermanos vivirán su espiritualidad en la fe y la caridad, haciendo de la adoración al Santísimo Sacramento y  la veneración a las sagradas imágenes una auténtica alabanza a Dios en Jesucristo por el Espíritu Santo, mediante la asidua escucha de la Palabra, de la participación en los Sacramentos, en especial la Eucaristía, y de la vivencia singular de la oración personal y comunitaria.

Art. 12º.- Nacida de la misión que Cristo encomendó a los apóstoles, esta comunidad cristiana tiene como deberes ineludibles la misión de evangelizar mediante la promoción de la vida de oración, la escucha de la Palabra, la práctica de la caridad fraterna y el testimonio constante, utilizando el valioso patrimonio de fe heredado de nuestros mayores y los elementos de nuestra religiosidad popular y tradición cultural.

Art. 13º.- Las circunstancias de la sociedad actual y su importancia numérica y creciente en las cofradías, nos obligan a prestar una atención especial a los más jóvenes. Este hecho debe despertar en nosotros el deseo de ofrecerles el ideal que deben conocer y vivir: el Evangelio.

Art. 30º.- La Archicofradía tendrá además como fines propios la acción evangelizadora y pastoral, la promoción de la justicia y la solidaridad como signos ineludibles de la Iglesia Universal, así como atender a la formación básica y permanente de sus hermanos, especialmente de la Junta de Gobierno.

Si desea obtener una copia de los Estatutos y/o del Reglamanto interno, para su lectura solicítelo en la secretaría de nuestra Hermandad.